Levantamiento de Garantía Mobiliaria Vehicular

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Requisitos:

01

Minuta autorizada por abogado.

02

En caso de entidad financiera, adjuntar carta o minuta, suscrita por los representantes y autorizada por abogados.

03

Medio de pago (de haber préstamo o entrega de dinero).

Persona Natural

Deudor:

01

Documento de Identidad del vendedor.

02

En caso de ser casado, deberá intervenir también su cónyuge, identificándose con su documento de identidad, o bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.

Acreedor:

01

Documento de Identidad del acreedor.

02

En caso el comprador sea casado, debe intervenir su cónyuge, salvo que esté bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.

Ejecutor (tercero):

Persona Natural

01

Documento Nacional de Identidad.

02

Vigencia de poder o copia literal y DNI de representante.

Persona Jurídica

En el caso de persona jurídica:

01

Copia Literal que expide SUNARP (no más de 30 días).

02

RUC de la empresa.

03

Documento de Identidad del representante.

Nota:

*

Una vez que se cuente con la documentación antes indicada, el asesor la revisará y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional.

*

Montos superiores a S/. 3,500.00 (Tres mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) deberán realizarlo de manera obligatoria a través de cualquier cheque de gerencia no negociable).

Especificaciones:

Una vez que se cuente con la documentación antes indicada, el asesor la revisará y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional. Montos superiores a S/. 3,500.00 (Tres mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) deberán realizarlo de manera obligatoria a través de cualquier cheque de gerencia no negociable).

Importante

01

Si usted no cuenta con algún requisito, nosotros podemos gestionar la obtención de estos vía internet con las entidades correspondientes

02

En el caso de personas jurídicas, verifique la vigencia de poder de sus representantes

Nota:

De conformidad con el Decreto Legislativo 1529, el pago debe realizarse siempre al titular del bien a transferir. Excepcionalmente, si el medio de pago se emite a nombre de un tercero, deberá acreditar, previo al pago, el cargo de comunicación respectivo a la SUNAT.

Rectificación de Partidas

Las rectificaciones que tengan por objeto corregir los errores y omisiones de nombre, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio, defunción u otros que resulten evidentes del tenor de la propia partida o de otros documentos probatorios, se tramitarán ante un notario. <br/> Requisitos: La minuta precisara el objeto del pedido y se acompañara la partida que se pretende rectificar y la partida de sustento que acredite fehacientemente su pedido. Anexos: Partida Errada. Partida de sustento. Copia del documento de identidad del solicitante.

Breach of Contract

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